Cooperativas piden nulidad de la resolución que obliga a desdoblar la facturación del servicio eléctrico
En la primera reunión de los representantes cooperativos con el Inaes, se planteó la derogación de la resolución 3442/18. La misma estableció que las cooperativas distribuidoras de energía debían facturar esta prestación separa de otros conceptos brindados a los asociados.
La normativa en su momento contó con una amplia resistencia del sector, principalmente por la falta de comprensión de las diversas realidades locales y sociales donde las cooperativas prestan servicio.
Según explicaron los cooperativistas al requerir la nulidad de la resolución, esta decisión que se concretó a través del Inaes, impidió que aquellos servicios que voluntariamente eran solicitados por los asociados (en general aquellos englobados como prestaciones sociales: ambulancia, enfermería, sepelio o banco de sangre), pudieran ser incluidos en una misma factura junto con la energía. Esta medida obligó a incrementar los costos de facturación por parte de las entidades y, además, afectó en parte la continuidad de algunos servicios ya que mucha gente dejó de pagarlos.
Las prestaciones sociales apuntan principalmente a mejorar la calidad de vida de las personas. Mediante la intermediación de las cooperativas, es posible que poblaciones chicas o medianas puedan acceder servicios de sepelio, ambulancia para traslados de pacientes a centros de salud de mayor complejidad, bancos ortopédicos, entre otros, a un valor mensual razonable que de otro modo muchas personas no pudrían afrontar. La facturación desdoblada afectó principalmente estas prestaciones que ayudan a sostener la calidad de vida.
En base a esta experiencia, la Mesa Nacional de Cooperativas Eléctricas ha solicitado al presidente del organismo, Mario Cafiero, la nulidad de la resolución 3442/18 que restringe los derechos de los asociados.
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